Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2017975
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: 1a. CXXVIII/2018 (10a.)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/09/2018 10:37
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS SOBRE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA, CUANDO ATRIBUYEN AL TRIBUNAL COLEGIADO UNA INTERPRETACIÓN DE LA LEY DISTINTA A LA QUE CONSTA EN LA SENTENCIA RECURRIDA.

Cuando la recurrente afirma que la interpretación de un artículo de una ley es inconstitucional porque fue interpretado por el tribunal colegiado de un modo que resulta incompatible con uno o varios derechos humanos; pero del contenido de la sentencia recurrida se advierte que el órgano jurisdiccional no interpretó la norma general en el sentido que la recurrente señala, entonces, los agravios sobre inconstitucionalidad de la ley, son inoperantes, pues parten de una premisa equivocada, dado que el tribunal colegiado no interpretó la norma en el sentido que señala la recurrente como causa de la inconstitucionalidad planteada.


PRIMERA SALA

Amparo directo en revisión 4312/2016. Alma Rosa Espadas García. 19 de abril de 2017. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández, quien votó con el sentido, pero contra las consideraciones. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Mario Gerardo Avante Juárez.

Esta tesis se publicó el viernes 28 de septiembre de 2018 a las 10:37 horas en el Semanario Judicial de la Federación.