Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2018006
Época: Décima Época
Materia(s): Constitucional, Penal
Tesis: II.2o.P.75 P (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/09/2018 10:37
PROCEDIMIENTO ABREVIADO. SU NATURALEZA FRENTE A LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO.

El procedimiento abreviado no debe equipararse con un "mini juicio", "procedimiento reducido en tiempo", "sumario" o "corto", en atención sólo al interés del imputado, si conforme a su naturaleza, se trata de una solución anticipada al conflicto penal que presupone, en esencia, una forma de resolución preacordada que desde el punto de vista político-criminológico pretende no sólo solucionar dicho conflicto anticipadamente, desde una perspectiva de tiempo, sino también, y esto como condición, garantizando los derechos de la sociedad, representada por el Ministerio Público, a fin de evitar la impunidad y, además, los derechos de la víctima u ofendido del delito que, en su caso, igualmente exigen su derecho de acceso a la justicia, conocimiento de la verdad y reparación del daño, esto es, de una tutela judicial efectiva ante los tribunales.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 261/2015. 28 de abril de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Nieves Luna Castro. Secretaria: Alma Jeanina Córdoba Díaz.


Esta tesis se publicó el viernes 28 de septiembre de 2018 a las 10:37 horas en el Semanario Judicial de la Federación.