Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2018073
Época: Décima Época
Materia(s): Laboral
Tesis: XVII.2o.P.A.33 A (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/10/2018 10:15
PENSIONES POR INVALIDEZ Y DE RETIRO POR EDAD Y TIEMPO DE SERVICIOS. AL CORRESPONDER A UN MISMO RAMO DE COTIZACIÓN, QUIEN DISFRUTE DE AQUÉLLA NO TIENE DERECHO A OBTENER ÉSTA, ADICIONALMENTE, POR EL HECHO DE HABER COTIZADO DURANTE MÁS DE TREINTA AÑOS.

El artículo 23 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2009, establece que cuando los trabajadores tengan derecho tanto a una pensión de retiro por edad y tiempo de servicios, como a otra por invalidez, por causas ajenas al desempeño del trabajo, se les otorgará solamente una de éstas, a su elección. Por tanto, si una persona disfruta de una pensión por invalidez, el hecho de que haya cotizado ante el organismo de seguridad social mencionado durante más de treinta años, no le otorga el derecho a obtener, adicionalmente, una diversa de retiro por edad y tiempo de servicios, pues con independencia de que en los recibos de pago de salario se desglose que realizó aportaciones bajo diversos rubros, ello no implica que haya cotizado a dos diversos sistemas de pensión, toda vez que esos montos corresponden a un solo ramo de cotización, que es el relativo al pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 482/2017. Beatriz Carolina Lozoya Estrada. 16 de agosto de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Refugio Noel Montoya Moreno. Secretaria: Diana Elizabeth Gutiérrez Espinoza.

Esta tesis se publicó el viernes 05 de octubre de 2018 a las 10:15 horas en el Semanario Judicial de la Federación.