Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 330778
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/10/1938 00:00
PATENTES, NOVEDAD EN LAS.

Las patentes suponen la novedad de la invención a que corresponde, mientras no se prueba lo contrario conforme al artículo 7 de la Ley de Patentes, seguramente porque antes de ser expedidas, se hacen un estudio previo de esa novedad, de acuerdo con la documentación exhibida, las constancias y los registros existentes en los archivos del Departamento de la Propiedad Industrial; de tal modo que dicha presunción legal solamente puede ceder cuando se ha hecho el examen extraordinario de novedad absoluta a que se refiere el artículo 64 de la Ley de Patentes único modo de establecer si una invención patentada, no se encuentra en alguna de las condiciones prevista por el artículo 10 de la misma ley.

Amparo administrativo directo 7107/37. Orrico y Caparroso Miguel. 19 de Octubre de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.