La comparación sobre la que descansa un dictamen pericial sobre la novedad de una portada, hecha tomando como uno de sus términos, documentos que carecen de valor probatorio, es insuficiente para declarar si existe novedad, o no.
Amparo administrativo directo 7039/37. Orrico y Caparroso Miguel. 19 de Octubre de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.