Si el causante no allega las pruebas necesarias para demostrar la ilegalidad del cobro que reclama el Tribunal Fiscal no puede suplir las deficiencias del litigante, pues si debe practicar diligencias para mejor proveer, en casos de duda, no está obligado a recabar absolutamente todas las pruebas, eximiendo de esa obligación legal a los contendientes.
Amparo administrativo en revisión 4313/38. Compañía de Luz y Fuerza de Comitán. 19 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.