El impedir el tránsito de vehículos por los caminos, a una compañía, en virtud de haber terminado el permiso respectivo, en nada afecta la garantía del artículo 4o. constitucional de los choferes de tales vehículos, ni a los contratos de trabajo que tengan celebrados con los dueños de los mismos.
Tomo LVIII, página 3769. Indice Alfabético. Amparo 5711/38. Medina Avilés Marcos. 17 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Gómez Campos.
Tomo LVIII, página 1375. Amparos administrativos acumulados en revisión 5964/38. Reyes Domínguez Gustavo y coagraviados. 2 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Ponente: Jesús Garza Cabello.