La orden para que se retire a los comerciantes en pequeño, de las calles de la ciudad, está inspirada en un principio de interés general, dado que se mejoran las condiciones sanitarias de esos lugares, se facilita el tránsito de peatones y vehículos y se evita que los puestos den a las calles un aspecto de desaseo, que implica un atentado al embellecimiento de la ciudad y, por tanto, procede negar la suspensión contra la orden de la autoridad administrativa, para que se retire a esos comerciantes de las calles de la ciudad, aun cuando resientan un perjuicio de difícil reparación, ya que el interés individual debe subordinarse al general.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5105/38. Castel de Oro Arturo y coagraviados. 2 de noviembre de 1938.- Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.