La Ley de veinte de 20 de abril de mil novecientos treinta y ocho del Estado de Veracruz, es anticonstitucional, pues crea un impuesto para cada kilogramo de pescado o de marisco, en las compras de primera mano que hagan las empresas dedicadas al ramo, y la cuota adicional que conceda el gobernador del Estado a un Ayuntamiento, y que recaiga igualmente sobre cada kilogramo de pescado que de primera mano compren las casas empacadoras, es igualmente alcabalatoria, porque no grava las operaciones de pesca, sino el producto mismo que se adquiere para el consumo.
Amparo administrativo en revisión 5377/38. Reyes José Antonio y coagraviados. 4 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José M. Truchuelo.