No hay resistencia a recibir la visita de un inspector, si anunciada ésta, el mismo no llega a la hora que fijó, y posteriormente, a su llegada, ya no puede verificarla, por no encontrar persona con quien practicarla.
Amparo administrativo en revisión 6803/38. C. de Corrons. Exaltación. 12 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.