Un permiso de pesca dictado por una autoridad incompetente no puede dar nacimiento a autorización legal alguna, que se traduzca en derechos para el peticionario; por tanto, las medidas tomadas por el Departamento de Caza y Pesca para evitar los efectos de esta pretendida autorización, no violan garantías.
Amparo administrativo en revisión 6710/38. "La Industrial de Ensenada", S. A. 18 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José M. Truchuelo.