Si la adquisición de billetes de la lotería nacional para revenderlos, se determina tomando en cuenta el valor nominal y no el precio de compra, es obvio que los billetes devueltos deben descontarse de la cantidad total que arrojan los adquiridos, por su valor nominal.
Amparo administrativo en revisión 6740/38. Henaine Elías. 24 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.