Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 330931
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/11/1938 00:00
MILITARES PENSIONES DE LOS.

Si el retiro de un militar se debe a inutilización en acción de guerra, aunque el término de servicios prestados sea de veintitrés años, tiene derecho a la pensión igual por el haber que le correspondía por el grado que ostentaba, en servicio activo.

Amparo administrativo en revisión 8455/37. Zepeda González Felipe. 25 de noviembre de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: José M. Truchuelo.