No puede decirse que es improcedente un amparo por haberse consentido el acto, consistente en el procedimiento económicocoactivo seguido contra una persona, si lo que se reclama son los vicios de dicho procedimiento.
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 6653/38. Najar Alvizo José. 26 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.