Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332005
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/03/1938 00:00
AUTORIDADES RESPONSABLES, MULTAS A LAS.

Como el artículo 149 de la Ley de Amparo, no establece diferencia alguna para los efectos de la sanción por falta de informe entre las autoridades ejecutoras y las de que emana el acto reclamado, no hay base para revocar una multa por falta de informe, por el solo hecho de que las autoridades ejecutoras aleguen que por su informe no podía influir en el sentido de la resolución, en vista de que el informe de la autoridad de quien emanó el acto, proporciona al juzgador todos los elementos necesarios para decidir la controversia.

Amparo administrativo en revisión 7689/37. Villaseca Bautista. 16 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.