Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332031
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/03/1938 00:00
DOTACION DE TIERRAS, AMPARO PROCEDENTE EN CASO DE.

Si de los términos de una demanda de amparo, se desprende que el acto reclamado no consiste en una resolución dotatoria o restitutoria de ejidos, sino en que un comisariado ejidal notifica al quejoso la desocupación de una finca urbana de su propiedad, ubicada en el fundo legal de una ciudad, tal caso no puede comprenderse en los términos de la fracción XIV del artículo 27 constitucional, aunque la autoridad se haya fundado en un decreto presidencial de dotación de ejidos.

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 7995/37. Miller Carlos Germán. 21 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.