Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 21/01/1938
Tesis
Registro digital: 332069
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/01/1938 00:00
FERROCARRILES, INDEMNIZACION EN CASO DE ACCIDENTES DE.

Estando demostrada la circunstancia de que una persona venía como pasajero en primera clase de un tren, es indudable que debe tenerse también por comprobado, que hacía un viaje mediante el boleto, pase o autorización de que habla el artículo 15 del Reglamento del artículo 134 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, pues no es creíble que una persona de buena posición social viaje como un pasajero, sin alguno de esos documentos, y tampoco es factible tal hecho, ya que a bordo de los trenes hay el personal encargado de evitar tales actos fraudulentos.

Amparo administrativo en revisión 1229/36. Cavazos David C. 21 de enero de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: José María Truchuelo.