Si un amparo se endereza contra un decreto y su ejecución, como no puede suscitarse duda alguna sobre que el acto de legislar, es típico y exclusivo de autoridad, dicho amparo debe administrarse.
Amparo administrativo en revisión 38/32. Jalapa Railroad and Power Company. 5 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.