Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 26/10/1937
Tesis
Registro digital: 332241
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/10/1937 00:00
REVOLUCION, DAÑOS CAUSADOS POR LA, DERECHOS DE LOS INTERESADOS.

Aunque la Secretaría de Hacienda haya dejado a salvo los derechos de una persona, para reclamar los daños y perjuicios provenientes de una intervención, esa circunstancia no importa que dicha autoridad haya reconocido, además del derecho del interesado para presentar su reclamación, el que se hayan causado determinados y concretos daños y perjuicios, ni que haya justipreciado el monto de ellos, y si la mencionada secretaría hace la salvedad en el sentido de que el interesado quedaba en libertad para presentar su reclamación, tanto por el concepto de daños como por el de perjuicios, esa salvedad de ninguna manera implica que el Gobierno Federal, renuncie a la obligación legal de resolver la reclamación presentada, de acuerdo con las leyes vigentes en la materia, por conducto de los órganos a quienes encomendó la función relativa.

Amparo administrativo en revisión 2503/35. Compañía de Obras y Mejoras Materiales de Puebla, S.A. 26 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alonso Aznar Mendoza no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día..