El hecho de que en el certificado expedido a una persona, sobre los gravámenes que afecten a sus bienes inmuebles, tenga incluida una anotación que se hizo en los libros de registro, acerca de una orden de la Secretaría de Hacienda, viene a evidenciar que tal nota, ordenada por el director del Registro Público de la Propiedad, no significa una simple recordación de un hecho, a efecto de resolver lo que hubiere lugar, sino el verdadero cumplimiento de la orden emanada de la secretaría.
Amparo administrativo en revisión 5822/37. Edificios Riaño, S.A. 5 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.