Por mandato de la ley, la prescripción corre solamente por quien tiene derecho a pedir el otorgamiento del beneficio de una pensión militar y no la pide en tiempo, pero no para quien, habiéndola pedido oportunamente, no se le resuelve en un plazo adecuado.
Amparo administrativo en revisión 1186/37. Ruiz viuda de Gutiérrez Arcadia. 9 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.