Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332379
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/11/1937 00:00
AGUAS NACIONALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.

La suspensión debe negarse contra la declaratoria que haga la Secretaría de Agricultura y Fomento, sobre que son propiedad de la nación las aguas de un arroyo, por tratarse de la aplicación de una ley de orden público, como es la Ley de Aguas de Propiedad Nacional, que reglamenta el artículo 27 constitucional y que afecta directamente al patrimonio del Estado; por lo que tal suspensión sería perjudicial para éste, por referirse a los efectos de las leyes que arreglan su patrimonio o atañen a las funciones esenciales del mismo, en cuyo cumplimiento está interesado de modo directo la comunidad.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4675/37. Loyola de de la Llata Herlinda y coagraviado. 16 de noviembre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.