No es ilegal la falta de notificación a uno persona dueña de un inmueble que se va a rematar, si su nombre no apareció en el Registro Público de la Propiedad, como propietaria, y sí además tuvo conocimiento de los procedimientos y los consintió tácticamente, por no haber interpuesto oportunamente, previo registro de su título, defensa alguna dentro de los términos legales.
Amparo administrativo en revisión 6310/37. Barajas María del Refugio B. 19 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.