Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332418
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 30/11/1937 00:00
EXCUSION, EFECTOS DE LA RENUNCIA DEL BENEFICIO DE.

La renuncia del beneficio de excusión, o sea, la solidaridad pasiva, da derecho al acreedor para elegir aquel deudor del que quiera cobrar, en todo o en parte, la deuda; en otros términos, la sola excusión que el acreedor hace de un deudor solidario, manifestada mediante la iniciación del procedimiento en su contra, no priva al acreedor del derecho de suspender el procedimiento en contra del primeramente elegido, para enderezarlo en contra de cualquier otro.

Amparo administrativo en revisión 2954/37. Chávez José Manuel. 30 de noviembre de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos.