No puede decirse que los actos unilaterales y gratuitos como la condonación, no produzcan derechos, porque aunque esto no sea el contrato que requiere el acuerdo de dos voluntades, sino una concesión gratuita que se deriva de la aplicación de la ley, sí produce efectos obligatorios, porque crea una nueva situación jurídica en favor del beneficiado.
Amparo administrativo en revisión 3750/37. Garza Evia de Zorrilla Josefina de la. 10 de diciembre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo.