No es exacto que, conforme a la fracción II del artículo 14 de la Ley del Petróleo, el que solicita la confirmación de derechos petroleros, adquiridos con anterioridad al primero de mayo de 1917, necesite únicamente comprobar el contrato celebrado con fines de explotación petrolera, para obtener la confirmación.
Amparo administrativo en revisión 5508/35. Garcés Ricardo, sucesión de. 2 de julio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo.