Como los permisos de exportación de los productos de la pesca, dependen de las autorizaciones otorgadas a los interesados, constituidos en cooperativas, para hacer la explotación legal, si una cooperativa carece de dicho permiso, y así se resolvió en una ejecutoria de amparo, es indudable que todos los actos derivados de la carencia de tal permiso, tienen que seguir la misma suerte jurídica que el acto principal.
Amparo administrativo en revisión 574/37. Cooperativa Mixta de Productos Marinos, S. C. L. 10 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.