No puede alegarse que se grava el tránsito de unas mercancías, si no se justifica con las facturas correspondientes, la adquisición de ellas fuera del territorio en donde se grava.
Amparo administrativo en revisión 2599/37. López Martínez Luis. 23 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.