Si el Juez de Distrito falla un amparo, sin tener en cuenta el informe de la autoridad responsable, es notorio que el procedimiento fue violado y debe ordenarse su reposición.
Amparo administrativo en revisión 1137/36. Alonso Orejas María. 7 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.