Cuando los intereses fiscales han sido garantizados en los procedimientos mismos de la autoridad responsable la suspensión debe concederse sin requisito alguno.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2452/37. Martínez O. Francisco. 11 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo L, página 1704. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5668/36. Muñoz de Razura Matilde. 1o. de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.