Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 27/08/1937
Tesis
Registro digital: 332771
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/08/1937 00:00
PETROLEO, PRINCIPIO DE LAS CONCESIONES CONFIRMATORIAS DE.

El artículo 27 constitucional, párrafo IV, no estableció nacionalización alguna en el sentido jurídico de declarar que entraban al dominio de la nación los productos a que se refiere en el mencionado párrafo, sino que se limitó a declarar que corresponden a la nación. El dominio directo de todas las substancias de que en él habla, y el proclamar una vez más, el artículo 27 constitucional, el dominio que siempre ha correspondido a la nación sobre esos productos, quiso al mismo tiempo, que su aprovechamiento no quedase al capricho de los particulares, a quienes no correspondía por no haberlos adquirido originariamente de la nación; pues por ningún título se les transfirió la propiedad por se tales sustancias enteramente diferentes del componente del subsuelo, y persiguiendo el mencionado artículo el fin indicado, determinó que, para los particulares pudieran aprovechar esos elementos, el Gobierno Federal podría hacer concesiones a particulares o a sociedades civiles o comerciales, constituidos conforme a las leyes mexicanas, mediante los requisitos que señalaron las leyes secundarias que, al efecto, tendrían que dictarse; y ésta ha sido la única innovación que sobre la materia introdujo el mencionado artículo, y es falso que las reformas establecidas a los artículos 14 y 15 de la Ley Reglamentaría del Artículo 27 Constitucional, en el ramo de petróleo, hayan en forma alguna modificado este principio, que ninguna ley secundaria puede desconocer y que se limita sólo a afirmar el dominio a que la nación corresponde sobre las mencionadas sustancias.

Amparo 6124/33. The Real State Company of México. 24 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LIII, página 2238. Amparo administrativo en revisión 3470/37. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 27 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo.