Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 31/08/1937
Tesis
Registro digital: 332793
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 31/08/1937 00:00
PRUEBA TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO, NO ES INDISPENSABLE QUE SE EXHIBA COPIA DEL INTERROGATORIO O CUESTIONARIO, PARA EL MINISTERIO PUBLICO.

Cuando al ofrecerse la prueba pericial o la testimonial en amparo, falta únicamente la copia del interrogatorio o cuestionario que debe ser entregada al agente del Ministerio Público Federal, los Jueces de Distrito, por equidad, no deben desechar dichas pruebas porque obrando en autos el escrito original, en que se contiene el interrogatorio o el cuestionario correspondientes, muy bien puede el agente del Ministerio Público tomar de ese original los datos que estime necesarios para hacer uso del derecho que le concede la ley, de formular por escrito o hacer verbalmente, las preguntas que estima necesarias, al verificarse la audiencia.

Queja en amparo administrativo 375/37. Einstein Robert G., y coagraviados. 31 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.