La copia certificada de la renuncia de un funcionario, deducida de un proceso, no comprueba dicha renuncia, pues solamente haría prueba plena la presentación del original.
Amparo administrativo en revisión 430/37. Consejo Ildefonso y coagraviados. 21 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos respecto a los actos reclamados y por mayoría de tres votos respecto al pago de los sueldos no percibidos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.