Como la suspensión de una persona del cargo de regidor de un Ayuntamiento, produce como consecuencia fatal, la privación de los emolumentos de que disfruta, tal acto llevado a cabo sin los debidos requisitos, es violatorio de garantías.
Amparo administrativo en revisión 1673/37. Enríquez Filiberto. 23 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.