Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332914
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/08/1937 00:00
REMATES FISCALES, RECURSOS EN CASO DE.

Si se reclama en amparo el remate de una finca urbana, y el expediente administrativo en que se declaró fincado el remate de la misma, se remitió para su revisión de oficio, a la Tesorería de la Federación en cumplimiento del artículo 104 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, dados los términos de este precepto, es inconcuso que conforme a la ley que rige el acto, que es de autoridad distinta de la judicial, éste puede ser modificado, revocado o nulificado y como conforme al mismo precepto legal, se suspenden los efectos del acto sin exigir mayores requisitos de los que exige la Ley de Amparo para conceder la suspensión definitiva, en el juicio de garantías respectivo, existe la causa de improcedencia establecida en los artículos 73, fracción XV, y 74, fracción III, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Federal.

Amparo administrativo en revisión 3098/37. Garza Agapito de la. 14 de agosto de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: José M. Truchuelo y Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.