Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 05/04/1937
Tesis
Registro digital: 332932
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/04/1937 00:00
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.

Si se concede el amparo para el efecto de que se devuelva al quejoso la posesión de que fue privado, no puede decirse que la ejecutoria esta cumplida, si de una manera efectiva no se ha repuesto al agraviado en la posesión perdida, pues tal restitución no debe ser virtual o nominal, sino de hecho.

Queja en amparo administrativo 724/36. Departamento Central del Distrito Federal. 5 de abril de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Ver: Jurisprudencia 140 8va. Parte Apéndice 1917/85.