Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332955
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 12/04/1937 00:00
PROPIEDAD, LA DECLARACION ADMINISTRATIVA DE NULIDAD DE, ES UN ACTO DEFINITIVO.

Es evidente que desde el momento en que un derecho de propiedad ha sido declarado nulo, la declaración de nulidad es un acto definitivo, porque supone el desconocimiento en tal sentido, de ese derecho, aunque a los titulares de la propiedad se les ofrezca una oportunidad para adquirir nuevamente ésta, ya que esa adquisición tendría su origen en distintas fuentes, pero no se fundaría en el antiguo derecho, que ha sido declarado nulo.

Amparo 5595/37. López Héctor Filiberto. y coagraviados. 12 de abril de 1937. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LII, página 416. Amparo 7595/36. López Héctor F. y coags. 12 de abril de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Gómez Campos y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.