Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332974
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/04/1937 00:00
OPOSICION IMPROCEDENTE.

Si la existencia de una multa fue establecida previamente por la Oficina Federal de Hacienda, y después por el jurado de infracciones fiscales, al confirmarla, es indudable que el crédito existe de hecho y su legalidad no puede ser atacada por el afectado, por medio del juicio de oposición, fundándose en la fracción II del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, antes de su reforma.

Amparo administrativo directo 8005/36. Compañía de Transmisión Eléctrica de Potencia del Estado de Hidalgo, S. A. 21 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.