La pluralidad de hechos encaminados a un mismo fin y que violen un reglamento gubernativo de policía, no puede considerarse como si se cometieran tantas infracciones como hechos se verifiquen, pues sólo deben considerarse como una sola infracción, de tracto sucesivo.
Amparo administrativo en revisión 2687/31. Viña José de la. 23 de abril de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.