Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 15/04/1937
Tesis
Registro digital: 332999
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/04/1937 00:00
BIENES NACIONALES.

Es inexacto que las facultades concedidas al Ejecutivo, por decreto de 29 de diciembre de 1934, para legislar sobre bienes federales, no alcance más que para hacerlo con relación a los que, en esa fecha, formaban ya el patrimonio del Estado; pero nunca sobre los que debieran allegarse al propio patrimonio, puesto que por bienes nacionales no deberán entenderse únicamente, los que fueron ya materia de la declaración de nacionalización correspondiente, sino todos aquellos que, por virtud de la fracción II del artículo 27 constitucional, pasaron, desde luego, de pleno derecho, en la fecha en que entró en vigor la Constitución al dominio directo de la nación.

Amparo 1037/37. Aspe Suinaga José y coagraviado. 29 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LII, página 491. Amparo administrativo en revisión 543/37. O. Genovevo de la. 15 de abril de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.