No basta, cuando ha surgido duda sobre la correcta expedición de un título profesional, que el Ejecutivo de una entidad federativa diga que ha sido expedido conforme a las leyes del Estado, llenando todos los requisitos que en ella se expresan, si no justifica esa afirmación, o si el interesado no aduce las pruebas suficientes para demostrar que la expedición obedeció al cumplimiento de textos positivos en materia de educación, para tener derecho a que se le expidiera el mencionado título profesional.
Amparo administrativo en revisión 1492/37. Aguilar Amado. 14 de Mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: José M. Truchuelo.