Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 15/02/1937
Tesis
Registro digital: 333078
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/02/1937 00:00
AUDIENCIA EN EL AMPARO, OBJETO DEL APLAZAMIENTO DE LA.

La Suprema Corte de Justicia ha establecido jurisprudencia en el sentido de que cuando la audiencia se prorroga, esto solamente tiene por objeto que se realicen los fines que motivaron la prórroga o aplazamiento; por tanto, la negativa a admitir pruebas que no se ofrecieron en el plazo legal, anterior a la primera audiencia, es arreglada a derecho.

Tomo LII, página 2693. Indice Alfabético. Queja 225/37. González Miguel. 15 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LII, página 2096. Queja 220/37. Sindicato de Camioneros Potosinos. 14 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LI, página 1250. Queja en amparo administrativo 1936/36. Castro Enrique M. 15 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.