Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333086
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/06/1937 00:00
EXPROPIACION.

No puede decirse que un decreto expropiatorio sustraiga de la propiedad de una persona terreno alguno, si este, que se deja a una congregación como fundo legal, había quedado ya fuera de la propiedad de los afectados, por una expropiación anterior.

Amparo administrativo en revisión 1458/37. Sosa Aguilar Francisco. 16 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.