Si es manifiesta la violación reclamada en amparo, el simple error en la petición de justicia, no puede perjudicar al quejoso, hasta el extremo de negársela, sólo porque no cite con precisión la disposición o disposiciones legales aplicables exactamente, o no haga clara exposición de los conceptos de violación.
Amparo administrativo en revisión 4770/33. Rubio Juan E. 17 de junio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Relator: Agustín Aguirre Garza.