Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333160
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 12/01/1937 00:00
INFORME JUSTIFICADO, FALTA DEL, POR CAUSAS NO IMPUTABLES A LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Si el Juzgado de Distrito manda hacer a la autoridad responsable, por correo certificado, la notificación relativa a la audiencia que se fija con motivo de la promoción de una suspensión por causa superveniente, pidiendo el informe y señalando día para la audiencia, y se demuestra que sin culpa del destinatario, el oficio respectivo lo recibió la autoridad responsable con posterioridad al día en que se celebró la citada audiencia, claro es que físicamente estuvo imposibilitada la propia autoridad, para rendir el informe que se le pidió y para hacer valer los derechos que a su representación correspondían, y debe declararse procedente el incidente de nulidad que ante el Juez de Distrito se promueva, para el efecto de que el juzgado mande pedir de nuevo el informe y señale nuevo día para la audiencia incidental, y atenta la distancia entre la residencia del juzgado y la de la autoridad responsable, en caso necesario debe solicitarse el informe correspondiente, por la vía telegráfica.

Queja en amparo administrativo 430/36. Comisariado Ejidal de Umán, Yucatán. 12 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.