Es indudable que una ley tiene un principio de ejecución, si en sus preceptos establece que desde su promulgación, se declaran sin efecto las concesiones otorgadas por el Congreso o por el Ejecutivo del Estado, que dictó la ley.
Amparo administrativo en revisión 7177/36. "Laboratorios Pharmakón", S. A. 15 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.