Las inconformidades de los causantes deben ser examinadas por la Junta Revisora, para resolver si es o no de confirmarse la calificación reclamada, no sólo tomando en cuenta las pruebas que ante ella se presenten, si no las que tuvo en consideración la calificadora.
Amparo administrativo en revisión 6925/36. Sánchez Gutiérrez Vicente. 20 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.