Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333199
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/01/1937 00:00
AGRAVIOS INFUNDADOS.

El estudio que de una cuestión haga el Juez de Distrito, en un amparo, como un "a mayor abundamiento", no puede causar agravios.

Amparo administrativo en revisión 6925/36. Sánchez Gutiérrez Vicente. 20 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.