El decreto que autorizó al gobernador de un Estado a expedir títulos, no tiene valor, si fue expedido en época preconstitucional, en la que los gobernadores de los Estados sólo tenían facultades para legislar en lo relativo a impuesto municipales; por tanto, las autoridades respectivas pueden lícitamente desconocer la validez del título amparado en uno de dichos decretos.
Amparo administrativo en revisión 3668/31. Machado J. Efraín. 22 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.