Si la calificación hecha por la Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta, afecta los intereses de una sociedad en nombre colectivo, como sus componentes están ilimitada y solidariamente obligados por las obligaciones de la expresada razón social, es indudable que la obligación de pagar al fisco, recae sobre los socios.
Amparo administrativo en revisión 3618/36. Lara Gustavo y coag. 23 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.